Estas son las ayudas para la vivienda en Madrid que puedes pedir hoy si vives en la Comunidad de Madrid: las de la propia Comunidad y las del Estado que se aplican aquí, cada una con su importe, sus requisitos y el enlace a la página oficial donde se pide. No incluye las ayudas de los ayuntamientos, que tienen sus propias convocatorias.
En esta guía:
Hemos contrastado cada dato en el BOE, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid o en la web del organismo que concede la ayuda. Lo que no hemos podido comprobar, no lo afirmamos. Si prefieres ir al grano, el buscador te dice en un minuto cuáles te corresponden según tu edad y tus ingresos.
Resumen: ayudas para la vivienda en Madrid
| Ayuda | Para | Cuánto | Edad | Estado hoy |
|---|---|---|---|---|
| Bono Alquiler Joven de la Comunidad de Madrid | Alquiler | Hasta 250 €/mes durante 24 meses | Hasta 35 años | Abierta |
| Deducción del 30% por alquiler de vivienda habitual | Alquiler | 30% del alquiler, hasta 1.237,20 €/año | Menos de 40 años | Se aplica en la Renta |
| Línea de Avales ICO para primera vivienda | Compra | Aval de hasta el 20% o el 25% del préstamo | Hasta 35 años (sin límite con hijos a cargo) | Abierta |
| Aval «Mi Primera Vivienda» | Compra | Hipoteca de hasta el 100% del valor | Hasta 50 años (sin límite con hijos a cargo) | Abierta |
| IVA superreducido del 4% en Vivienda de Protección Oficial (VPO) | Compra | IVA del 4% en vez del 10% | Cualquier edad | Se aplica al comprar |
| Deducción por compra e intereses hipotecarios para jóvenes | Compra | 25% de los intereses, hasta 1.031 €/año | Menos de 30 (intereses) o de 35 (pueblos pequeños) | Se aplica en la Renta |
| Notaría y registro casi gratis en la compra de VPO | Compra | Notaría y registro con un 50% menos | Cualquier edad | Se aplica al comprar |
| ITP general reducido de Madrid | Compra | ITP del 6% y bonificaciones | Cualquier edad | Se aplica al comprar |
Si alquilas en Madrid
Bono Alquiler Joven de la Comunidad de Madrid
Quién la da: Comunidad de Madrid — Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.
Cuánto: Hasta 250 €/mes, sin superar lo que pagas de alquiler, durante un máximo de 24 meses.
Requisitos:
- Tener entre 18 y 35 años, ambos incluidos, en la fecha de la solicitud
- Ingresos iguales o inferiores a 3 veces el IPREM. Cuentan solo los tuyos si alquilas una habitación, o si alquilas la vivienda y quienes viven contigo no son familia de primer grado o todos tenéis 35 años o menos
- Alquiler de hasta 600 €/mes (300 € si es una habitación), o hasta 900 € (450 €) en 54 municipios, entre ellos Madrid capital, Alcalá de Henares, Getafe, Leganés, Móstoles y Fuenlabrada
- Tener una fuente regular de ingresos
- No ser propietario de otra vivienda en España ni tener parentesco con el casero, salvo excepciones
- Residencia legal en España
Plazo: ABIERTA de forma permanente desde el 3 de febrero de 2025. Se conceden por orden de entrada mientras quede crédito (31,8 millones de euros), así que puede cerrarse cuando se agote.
Página oficial de la ayuda · Norma de referencia: bocm.es · Verificado el 29 de septiembre de 2026
Deducción del 30% por alquiler de vivienda habitual
Quién la da: Comunidad de Madrid — Hacienda.
Cuánto: Deducción del 30% de lo pagado en alquiler, hasta 1.237,20 €/año.
Requisitos:
- Tener menos de 40 años a 31 de diciembre
- Base imponible (general + ahorro) inferior a 26.414,22 € en declaración individual o 37.322,20 € en conjunta, y menos de 61.860 € sumando toda la unidad familiar
- Lo pagado por el alquiler debe superar el 20% de tu base imponible
- Necesitas el resguardo del depósito de la fianza ante la Agencia de Vivienda Social de Madrid (o copia de la denuncia si el propietario no te lo entregó)
- Se aplica en la declaración de la Renta, no es un pago directo
Plazo: Se aplica en la declaración anual de la Renta.
Página oficial de la ayuda · Verificado el 28 de septiembre de 2026
Si compras en Madrid
Línea de Avales ICO para primera vivienda
Quién la da: ICO — Instituto de Crédito Oficial.
Cuánto: El Estado avala hasta el 20% del préstamo hipotecario, o hasta el 25% si la vivienda tiene calificación energética D o superior. El aval está vigente durante los 10 primeros años del préstamo.
Requisitos:
- Primera vivienda habitual y permanente: no puedes haber sido propietario de otra vivienda antes
- Residencia legal continuada e ininterrumpida en España los 2 años anteriores a la solicitud
- Patrimonio neto no superior a 150.000 €
- No estar en situación de morosidad en la CIRBE en la fecha de formalización
- El precio de compra no puede superar el máximo fijado para tu comunidad autónoma: consulta la tabla oficial del ICO
- Sin límite de edad si tienes menores a cargo; en el resto de casos, máximo 35 años en el momento de la formalización
- El límite de ingresos es provincial: 37.800 € en general, y sube en las provincias más caras hasta 63.000 €. Aumenta 2.520 € por cada menor a cargo y un 70% en familias monoparentales
- Si compráis dos personas, la suma de vuestros ingresos no puede superar la suma de los dos límites individuales
Plazo: Formalización de operaciones hasta el 31 de diciembre de 2027.
En la provincia de Madrid el límite de ingresos es de 63.000 € al año por persona, el tramo más alto de la tabla del ICO.
Página oficial de la ayuda · Verificado el 28 de septiembre de 2026
Aval «Mi Primera Vivienda»
Quién la da: Comunidad de Madrid.
Cuánto: Aval público de la Comunidad de Madrid para que el banco te financie más del 80%: hasta el 100% del valor si no superas los 40 años o sois familia numerosa, monoparental o con hijos menores a cargo (en estos casos sin límite de edad); hasta el 95% si no superas los 45; y hasta el 90% si no superas los 50.
Requisitos:
- Precio de compra de 425.000 € como máximo, sin contar gastos ni impuestos
- Primera vivienda: no puedes ser propietario de otra en España, salvo que heredaras o te donaran como máximo la mitad, o tras un divorcio en el que no te adjudicaron su uso
- Residencia legal en la Comunidad de Madrid durante los 2 años anteriores a pedirlo, sin interrupción
- Vivirla como residencia habitual y permanente al menos 5 años
- Se pide en uno de los bancos adheridos al programa
Plazo: Programa abierto. La ampliación hasta los 50 años está en vigor desde el 7 de agosto de 2026, pero los bancos que firmaron el convenio antes siguen aplicando las reglas de 2022 hasta que se adhieran a la nueva orden: confirma con tu banco que ya la aplica.
Si también cumples los requisitos del Aval ICO, pregunta a tu banco si te permite combinar los dos avales: las reglas de compatibilidad las fija cada entidad y no conviene darlo por hecho antes de negociar la hipoteca.
Página oficial de la ayuda · Norma de referencia: bocm.es · Verificado el 29 de septiembre de 2026
IVA superreducido del 4% en Vivienda de Protección Oficial (VPO)
Quién la da: Agencia Tributaria + calificación de tu comunidad autónoma.
Cuánto: Pagas el 4% de IVA en vez del 10% general si compras una VPO de régimen especial o de promoción pública. El 4% se aplica también a hasta dos plazas de garaje y a los anexos que se compren en la misma operación.
Requisitos:
- La vivienda debe estar calificada como VPO de régimen especial o de promoción pública: la VPO de régimen general tributa al 10%
- Las viviendas protegidas para arrendar de renta básica cuentan como régimen especial
- La entrega debe hacerla el promotor: obra nueva, primera entrega
- Desde el 1 de diciembre de 2026, el 4% se extiende también a las viviendas protegidas con calificación permanente o indefinida, según el Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación
- Ojo: las viviendas protegidas de precio limitado de algunas comunidades no suelen dar derecho al 4%
Plazo: Se aplica en el momento de la compra.
Página oficial de la ayuda · Verificado el 8 de octubre de 2026
Deducción por compra e intereses hipotecarios para jóvenes
Quién la da: Comunidad de Madrid — Hacienda.
Cuánto: Dos deducciones distintas: el 25% de los intereses del préstamo hipotecario, con un tope de 1.031 €/año, para menores de 30 años; y el 10% del precio de compra en municipios madrileños de menos de 2.500 habitantes, con un tope de 1.546,50 € repartido en 10 años.
Requisitos:
- Deducción de intereses: tener menos de 30 años y un préstamo hipotecario sobre la vivienda habitual; no hay límite de ingresos
- Deducción por municipio despoblado: menor de 35 años, municipio de menos de 2.500 habitantes, compra a partir del 1 de enero de 2024 y mantener el domicilio allí 3 años más
- En la deducción por municipio despoblado, la suma de bases imponibles no puede superar 30.930 € multiplicado por el número de miembros de la unidad familiar
- Madrid no tiene una deducción general por compra de vivienda para jóvenes
- Se aplica en la declaración de la Renta, no es un pago directo
Plazo: Se aplica en la declaración anual de la Renta.
Página oficial de la ayuda · Verificado el 28 de septiembre de 2026
Notaría y registro casi gratis en la compra de VPO
Quién la da: Notarías y Registros de la Propiedad (Ley 41/1980).
Cuánto: Reducción del 50% de los aranceles de notaría y registro en todos los actos sobre vivienda protegida. Y en la primera transmisión de una VPO de hasta 90 m² útiles, la notaría cuesta como máximo 60,05 € y el registro 24,02 €, por todos los conceptos.
Requisitos:
- Vivienda calificada de protección oficial o declarada protegida
- Para las cuantías fijas de 60,05 € y 24,02 €: superficie útil no superior a 90 m² y que sea tu única vivienda, destinada a residencia habitual y permanente
- Con garaje vinculado el notario puede cobrar 9,02 € más y el registro 6,01 € más; con trastero, 6,01 € y 3,01 € más
- En segundas o posteriores transmisiones de vivienda protegida la reducción es del 50% de los aranceles
- No hay límite de edad ni de ingresos: se aplica a cualquier comprador de VPO
Plazo: Se aplica al firmar la escritura.
Página oficial de la ayuda · Verificado el 28 de septiembre de 2026
ITP general reducido de Madrid
Quién la da: Comunidad de Madrid — Hacienda.
Cuánto: Tipo general del ITP del 6%, uno de los más bajos de España. Además, bonificación del 10% de la cuota si la vivienda habitual no supera los 250.000 € (cualquier edad), y bonificación del 100%, es decir ITP a 0 €, si tienes menos de 35 años y la vivienda está en un municipio de menos de 2.500 habitantes.
Requisitos:
- Bonificación del 10%: que el inmueble vaya a ser tu vivienda habitual y su valor real no supere los 250.000 €, incluidas hasta 2 plazas de garaje y trastero
- Bonificación del 100%: tener menos de 35 años y que la vivienda esté en un municipio de menos de 2.500 habitantes, con el mismo límite de 250.000 €
- Las familias numerosas pueden aplicar en su lugar un tipo reducido del 4%, incompatible con la bonificación del 10%
- Se aplica al autoliquidar el modelo 600 tras la escritura
Plazo: Se aplica en el momento de la compra.
Página oficial de la ayuda · Verificado el 28 de septiembre de 2026
Lo que todavía no puedes pedir en Madrid
Estas ayudas aparecen en muchas webs como si estuvieran disponibles. Hoy no lo están en la Comunidad de Madrid, y conviene saberlo antes de contar con ellas:
Ayuda estatal a la compra en municipios pequeños (hasta 15.000 €)
La crea el Plan Estatal 2026-2030 para menores de 35 años, incluidos los 35, que compren en un municipio de 10.000 habitantes o menos: hasta 15.000 €, sin pasar del 20% del precio. Cada comunidad tiene que convocarla, y a 1 de octubre de 2026 no hay ninguna convocatoria en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid. No la confundas con Mi Primera Vivienda, que sí está abierta pero es un aval para la hipoteca, no una subvención.
Fuente: Real Decreto 326/2026, artículos 140 a 145 (BOE) · Verificado el 1 de octubre de 2026
Aval público frente al impago del alquiler
Existe a nivel estatal desde el 14 de diciembre de 2025, pero cada comunidad tiene que regular cómo se pide. A 29 de septiembre de 2026 no consta que la Comunidad de Madrid lo haya hecho, así que todavía no se puede solicitar.
Fuente: Real Decreto 1135/2025 (BOE) · Verificado el 29 de septiembre de 2026
Ayuda al alquiler con opción a compra
La crea el Plan Estatal 2026-2030 para quien alquila una vivienda protegida con opción a compra y tiene 35 años o menos al firmar. La ayuda no la cobra el inquilino, sino el vendedor, y a cambio todo el alquiler pagado se descuenta del precio de compra. Cada comunidad tiene que convocarla, y a 1 de octubre de 2026 Madrid no la ha convocado.
Fuente: Real Decreto 326/2026, artículos 146 a 151 (BOE) · Verificado el 1 de octubre de 2026
El préstamo TU CASA y la deducción estatal por alquiler
El Real Decreto-ley 29/2026, en vigor desde el 8 de octubre de 2026, vuelve a crear un préstamo estatal al 0% para la entrada de la primera vivienda (TU CASA), de hasta el 20% del valor con un máximo de 50.000 €, y una deducción estatal del 10% por alquiler en la Renta. Ya estaban en un decreto anterior que el Congreso derogó el 2 de octubre. Ninguna de las dos se puede pedir todavía: TU CASA espera a que el Consejo de Ministros apruebe sus condiciones, y el decreto tiene que convalidarlo la Diputación Permanente del Congreso.
Fuente: Real Decreto-ley 29/2026, artículos 6 y 19 (BOE) · Verificado el 8 de octubre de 2026
La nueva ayuda al alquiler joven de hasta 300 €/mes
El Plan Estatal 2026-2030 crea una ayuda de hasta 300 €/mes si alquilas una vivienda o 200 €/mes si alquilas una habitación, sin pasar del 60% del alquiler. A 29 de septiembre de 2026 no consta que Madrid la haya convocado: el bono que se tramita en Madrid es el de 250 €.
Fuente: Real Decreto 326/2026, artículo 137 (BOE) · Verificado el 29 de septiembre de 2026
Ayuda al alquiler para jóvenes de la convocatoria 2025
Es distinta del Bono Alquiler Joven. Fue para menores de 35 años, incluidos los 35, en concurrencia competitiva, y el plazo de solicitud fue del 4 de noviembre al 15 de diciembre de 2025. Está cerrada y no consta una convocatoria nueva.
Fuente: BOCM de 28/10/2025 · Verificado el 29 de septiembre de 2026
Comprueba en un minuto cuáles te corresponden
Con tu edad, tus ingresos y si vas a comprar o alquilar, el buscador gratuito filtra estas ayudas y te enseña solo las que encajan contigo. No pide datos personales ni guarda nada.
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Última revisión de esta guía: 8 de octubre de 2026. Las convocatorias cambian: revisamos las fuentes cada quince días. Si ves un dato desactualizado, escríbenos desde la página de aviso legal. Aquí explicamos cómo verificamos los datos.
