Ayudas para la vivienda en Andalucía: hipoteca del 100% hasta los 40

Ayudas para la vivienda en Andalucía en 2026

Estas son las ayudas para la vivienda en Andalucía que puedes pedir hoy si vives en esta comunidad: las de la Junta de Andalucía y las del Estado que se aplican aquí, cada una con su importe, sus requisitos y el enlace a la página oficial donde se pide. No incluye las ayudas de los ayuntamientos, que tienen sus propias convocatorias.

Hemos contrastado cada dato en el BOE, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) o en la web del organismo que concede la ayuda. Lo que no hemos podido comprobar, no lo afirmamos. Si prefieres ir al grano, el buscador te dice en un minuto cuáles te corresponden según tu edad y tus ingresos.

Lo más útil hoy en Andalucía es para comprar: el aval Garantía Vivienda permite hipotecas del 100% hasta los 40 años y sin límite de ingresos, y los menores de 35 pagan un ITP del 3,5% en viviendas de hasta 150.000 €. El Bono Alquiler Joven está cerrado desde junio, aunque la Junta anunció el 1 de octubre una convocatoria nueva.

Resumen: ayudas para la vivienda en Andalucía

AyudaParaCuántoEdadEstado hoy
Bono Alquiler Joven — AndalucíaAlquilerHasta 250 €/mes durante 24 mesesHasta 35 añosCerrada
Deducción autonómica en el IRPF por alquiler de vivienda habitualAlquiler15% del alquiler, hasta 1.200 €/añoMenos de 35, más de 65 y otros casosSe aplica en la Renta
Línea de Avales ICO para primera viviendaCompraAval de hasta el 20% o el 25% del préstamoHasta 35 años (sin límite con hijos a cargo)Abierta
Garantía Vivienda (aval autonómico)CompraHipoteca de hasta el 100% sin entradaHasta 40 añosAbierta
IVA superreducido del 4% en Vivienda de Protección Oficial (VPO)CompraIVA del 4% en vez del 10%Cualquier edadSe aplica al comprar
ITP y AJD reducidos para jóvenesCompraITP del 3,5% y AJD del 0,3%Menos de 35 añosSe aplica al comprar
Notaría y registro casi gratis en la compra de VPOCompraNotaría y registro con un 50% menosCualquier edadSe aplica al comprar
Deducción autonómica en la Renta por vivienda protegida o jovenCompra6% de lo invertido, hasta 542,40 €/añoMenos de 35 añosSe aplica en la Renta

Si alquilas en Andalucía

Bono Alquiler Joven — Andalucía

Quién la da: Junta de Andalucía — Consejería de Vivienda.

Cuánto: Hasta 250 €/mes durante un máximo de 24 meses.

Requisitos:

  • Tener hasta 35 años, incluidos los 35, al presentar la solicitud
  • Ingresos de hasta 3 veces el IPREM, unos 25.200 € al año; hasta 4 veces si vives con tu familia o unidad de convivencia
  • Alquiler de hasta 900 €/mes en los municipios de los grupos 1, 2 y 3 del Plan Vive y de hasta 600 €/mes en el resto; si es una habitación, 380 € y 300 €
  • Tener al menos una fuente regular de ingresos

Plazo: CERRADA. La última convocatoria se reabrió el 13 de enero de 2026 y se cerró el 22 de junio de 2026 al llegar a 15.000 solicitudes. El 1 de octubre de 2026 la Junta anunció una convocatoria nueva que todavía no está publicada.

Página oficial de la ayuda · Norma de referencia: juntadeandalucia.es · Verificado el 2 de octubre de 2026

Deducción autonómica en el IRPF por alquiler de vivienda habitual

Quién la da: Agencia Tributaria de Andalucía.

Cuánto: Deducción del 15% de lo pagado en alquiler, hasta 1.200 €/año (1.500 €/año si tienes una discapacidad reconocida).

Requisitos:

  • Tienes que pertenecer a uno de estos colectivos: menores de 35 años, mayores de 65 años, personas con discapacidad, víctimas de violencia doméstica o víctimas del terrorismo
  • Base imponible (general + ahorro) de hasta 25.000 € en declaración individual o 30.000 € en conjunta
  • Debes hacer constar el NIF del arrendador en la declaración
  • Se aplica en la declaración de la Renta, no es un pago directo

Plazo: Se aplica en la declaración anual de la Renta.

Página oficial de la ayuda · Verificado el 2 de octubre de 2026

Si compras en Andalucía

Línea de Avales ICO para primera vivienda

Quién la da: ICO — Instituto de Crédito Oficial.

Cuánto: El Estado avala hasta el 20% del préstamo hipotecario, o hasta el 25% si la vivienda tiene calificación energética D o superior. El aval está vigente durante los 10 primeros años del préstamo.

Requisitos:

  • Primera vivienda habitual y permanente: no puedes haber sido propietario de otra vivienda antes
  • Residencia legal continuada e ininterrumpida en España los 2 años anteriores a la solicitud
  • Patrimonio neto no superior a 150.000 €
  • No estar en situación de morosidad en la CIRBE en la fecha de formalización
  • El precio de compra no puede superar el máximo fijado para tu comunidad autónoma: consulta la tabla oficial del ICO
  • Sin límite de edad si tienes menores a cargo; en el resto de casos, máximo 35 años en el momento de la formalización
  • El límite de ingresos es provincial: 37.800 € en general, y sube en las provincias más caras hasta 63.000 €. Aumenta 2.520 € por cada menor a cargo y un 70% en familias monoparentales
  • Si compráis dos personas, la suma de vuestros ingresos no puede superar la suma de los dos límites individuales

Plazo: Formalización de operaciones hasta el 31 de diciembre de 2027.

En la provincia de Málaga el límite de ingresos es de 63.000 € al año por persona; en Cádiz, de 46.200 €, y en Almería, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén y Sevilla, de 37.800 €. En Andalucía el precio máximo de la vivienda para este aval es de 225.000 €.

Página oficial de la ayuda · Verificado el 28 de septiembre de 2026

Garantía Vivienda (aval autonómico)

Quién la da: Junta de Andalucía.

Cuánto: Aval de la Junta sobre el tramo del préstamo que supera el 80% del precio de referencia, hasta cubrir el 100%: en la práctica hasta un 20% del precio. Te permite firmar una hipoteca del 100% sin ahorro para la entrada.

Requisitos:

  • Tener entre 18 y 40 años, 40 incluidos, al solicitar la garantía
  • Precio de la vivienda de hasta 295.240 €, ampliable a 354.288 € si tiene calificación energética A o B
  • Que sea tu primera vivienda habitual: no puedes ser propietario ni usufructuario de otra vivienda
  • Estar empadronado en un municipio de Andalucía
  • Tener firmado un contrato de arras o preacuerdo de compraventa
  • Tener el préstamo autorizado por una entidad financiera colaboradora
  • No hay límite de ingresos

Plazo: ABIERTA de forma continua mientras queden fondos. Ampliada a 80 millones de euros en septiembre de 2026.

No se pide a la Junta sino a tu banco, que presenta la solicitud por ti. Las entidades adheridas son Caja Rural de Granada, Cajasur, CaixaBank, Unicaja, Ibercaja, Caja Rural del Sur y Cajamar.

Página oficial de la ayuda · Verificado el 2 de octubre de 2026

IVA superreducido del 4% en Vivienda de Protección Oficial (VPO)

Quién la da: Agencia Tributaria + calificación de tu comunidad autónoma.

Cuánto: Pagas el 4% de IVA en vez del 10% general si compras una VPO de régimen especial o de promoción pública. El 4% se aplica también a hasta dos plazas de garaje y a los anexos que se compren en la misma operación.

Requisitos:

  • La vivienda debe estar calificada como VPO de régimen especial o de promoción pública: la VPO de régimen general tributa al 10%
  • Las viviendas protegidas para arrendar de renta básica cuentan como régimen especial
  • La entrega debe hacerla el promotor: obra nueva, primera entrega
  • Desde el 1 de diciembre de 2026, el 4% se extiende también a las viviendas protegidas con calificación permanente o indefinida, según el Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación
  • Ojo: las viviendas protegidas de precio limitado de algunas comunidades no suelen dar derecho al 4%

Plazo: Se aplica en el momento de la compra.

Página oficial de la ayuda · Verificado el 8 de octubre de 2026

ITP y AJD reducidos para jóvenes

Quién la da: Agencia Tributaria de Andalucía.

Cuánto: ITP al 3,5% y AJD al 0,3%, frente al 7% y 1,2% generales. Ojo: cualquier comprador de vivienda habitual de hasta 150.000 € ya tributa al 6% y al 1%, así que el ahorro propio del tipo joven es del 3,5% frente al 6%.

Requisitos:

  • Tener menos de 35 años en la fecha de la compra; en matrimonio o pareja de hecho inscrita basta que lo cumpla uno de los dos
  • Que el inmueble vaya a constituir tu vivienda habitual (la norma no exige que sea la primera)
  • Valor del inmueble no superior a 150.000 €
  • Se aplica al autoliquidar el modelo 600 tras la escritura
  • En municipios con problemas de despoblación (menos de 3.000 habitantes) cualquier comprador de vivienda habitual de hasta 150.000 € paga también el 3,5% de ITP y el 0,3% de AJD, tenga la edad que tenga

Plazo: Se aplica en el momento de la compra.

Página oficial de la ayuda · Verificado el 2 de octubre de 2026

Notaría y registro casi gratis en la compra de VPO

Quién la da: Notarías y Registros de la Propiedad (Ley 41/1980).

Cuánto: Reducción del 50% de los aranceles de notaría y registro en todos los actos sobre vivienda protegida. Y en la primera transmisión de una VPO de hasta 90 m² útiles, la notaría cuesta como máximo 60,05 € y el registro 24,02 €, por todos los conceptos.

Requisitos:

  • Vivienda calificada de protección oficial o declarada protegida
  • Para las cuantías fijas de 60,05 € y 24,02 €: superficie útil no superior a 90 m² y que sea tu única vivienda, destinada a residencia habitual y permanente
  • Con garaje vinculado el notario puede cobrar 9,02 € más y el registro 6,01 € más; con trastero, 6,01 € y 3,01 € más
  • En segundas o posteriores transmisiones de vivienda protegida la reducción es del 50% de los aranceles
  • No hay límite de edad ni de ingresos: se aplica a cualquier comprador de VPO

Plazo: Se aplica al firmar la escritura.

Página oficial de la ayuda · Verificado el 28 de septiembre de 2026

Deducción autonómica en la Renta por vivienda protegida o joven

Quién la da: Agencia Tributaria de Andalucía.

Cuánto: Deducción del 6% de lo invertido en la compra, sobre una base máxima de 9.040 €/año: el ahorro máximo real es de 542,40 € al año.

Requisitos:

  • Vivienda protegida según la normativa andaluza, o bien comprador menor de 35 años: basta con una de las dos
  • Suma de bases imponibles general y del ahorro: máximo 25.000 € en tributación individual y 30.000 € en conjunta
  • En tributación conjunta basta con que uno de los cónyuges o uno de los progenitores cumpla el requisito de edad
  • Se aplica en la declaración de la Renta, no es un pago directo

Plazo: Se aplica en la declaración anual de la Renta.

Página oficial de la ayuda · Verificado el 2 de octubre de 2026

Lo que todavía no puedes pedir en Andalucía

Estas ayudas aparecen en muchas webs como si estuvieran disponibles. Hoy no lo están en esta comunidad, y conviene saberlo antes de contar con ellas:

Lo que la Junta anunció el 1 de octubre de 2026

El presidente de la Junta anunció una nueva convocatoria del bono de alquiler para menores de 35 años (250 € al mes durante un máximo de 24 meses, con ingresos de hasta 3 o 4 veces el IPREM), tres programas nuevos de 25 millones cada uno (ayudas a la compra para jóvenes de hasta 40 años, para familias numerosas y alquiler con opción a compra para jóvenes) y la bajada del ITP general del 7% al 6,75% en los presupuestos de 2027. A 2 de octubre de 2026 ninguno tiene convocatoria publicada, así que todavía no se pueden pedir.

Fuente: Nota oficial de la Junta de Andalucía, 1 de octubre de 2026 · Verificado el 2 de octubre de 2026

Ayuda estatal a la compra en municipios pequeños (hasta 15.000 €)

La crea el Plan Estatal 2026-2030 para menores de 35 años, incluidos los 35, que compren en un municipio de 10.000 habitantes o menos: hasta 15.000 €, sin pasar del 20% del precio. Cada comunidad tiene que convocarla, y a 2 de octubre de 2026 la Junta de Andalucía no la ha convocado.

Fuente: Real Decreto 326/2026, artículos 140 a 145 (BOE) · Verificado el 2 de octubre de 2026

Aval público frente al impago del alquiler

Existe a nivel estatal desde el 14 de diciembre de 2025, pero cada comunidad tiene que regular cómo se pide. A 2 de octubre de 2026 no figura entre las ayudas al alquiler de la Junta de Andalucía, así que todavía no se puede solicitar.

Fuente: Ayudas al alquiler de la Junta de Andalucía · Verificado el 2 de octubre de 2026

Ayuda estatal al alquiler con opción a compra

La crea el Plan Estatal 2026-2030 para quien alquila una vivienda protegida con opción a compra y tiene 35 años o menos al firmar. La ayuda no la cobra el inquilino, sino el vendedor, y a cambio todo el alquiler pagado se descuenta del precio de compra. A 2 de octubre de 2026 Andalucía no la ha convocado; el programa de opción a compra que anunció la Junta el 1 de octubre tampoco tiene convocatoria todavía.

Fuente: Real Decreto 326/2026, artículos 146 a 151 (BOE) · Verificado el 2 de octubre de 2026

El préstamo TU CASA y la deducción estatal por alquiler

El Real Decreto-ley 29/2026, en vigor desde el 8 de octubre de 2026, vuelve a crear un préstamo estatal al 0% para la entrada de la primera vivienda (TU CASA), de hasta el 20% del valor con un máximo de 50.000 €, y una deducción estatal del 10% por alquiler en la Renta. Ya estaban en un decreto anterior que el Congreso derogó el 2 de octubre. Ninguna de las dos se puede pedir todavía: TU CASA espera a que el Consejo de Ministros apruebe sus condiciones, y el decreto tiene que convalidarlo la Diputación Permanente del Congreso.

Fuente: Real Decreto-ley 29/2026, artículos 6 y 19 (BOE) · Verificado el 8 de octubre de 2026

La nueva ayuda al alquiler joven de hasta 300 €/mes

El Plan Estatal 2026-2030 crea una ayuda de hasta 300 €/mes si alquilas una vivienda o 200 €/mes si alquilas una habitación, sin pasar del 60% del alquiler. En Andalucía el bono que se ha tramitado es el de 250 €, y la convocatoria nueva que anunció la Junta el 1 de octubre de 2026 también es de 250 € al mes.

Fuente: Real Decreto 326/2026, artículo 137 (BOE) · Verificado el 2 de octubre de 2026

Comprueba en un minuto cuáles te corresponden

Con tu edad, tus ingresos y si vas a comprar o alquilar, el buscador gratuito filtra estas ayudas y te enseña solo las que encajan contigo. No pide datos personales ni guarda nada.

Guías relacionadas

Última revisión de esta guía: 8 de octubre de 2026. Las convocatorias cambian: revisamos las fuentes cada quince días. Si ves un dato desactualizado, escríbenos desde la página de aviso legal. Aquí explicamos cómo verificamos los datos.